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INDUSTRIA APLAZA LA EXCEPCIONALMENTE LA OBLIGACIÓN DE PASAR LA ITV

20-03-2020
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La DG de Calidad  y Seguridad Industrial  del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo indica que la disposición adicional 3º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, incluye también la suspensión de los plazos que imponga la administración a particulares para efectuar inspecciones. Por tanto, durante este periodo la obligación de pasar inspección queda suspendida, de forma excepcional.

Según indicaciones de la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, se indica que:

En aquellos casos en los que la reglamentación aplicable a vehículos y otros productos e instalaciones industriales establezca la obligación de someterlos a actuaciones técnicas de mantenimiento y/o inspección técnica,  de conformidad con la disposición adicional 3º del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los plazos que imponga la administración para efectuar dichas actuaciones quedan suspendido

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