Salvo excepciones, todas las empresas cuya actividad comprendan la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones conexas de embalaje, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes deben disponer de uno o varios consejeros de seguridad. Estos se encargaran de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente vinculados al transporte
¿Qué norma exige que las empresas dispongan de Consejero de Seguridad?
- El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.
- Este Real Decreto deroga y sustituye al anterior Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, que incorporaba al Derecho español la Directiva 94/55/CE del Consejo, de 21 de noviembre, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancías peligrosas por carretera.
¿Cuáles son las funciones del consejero de seguridad?
- Examinar que se respeten las disposiciones relativas al transporte de mercancías peligrosas.
- Asesorar a la empresa en las operaciones referentes al transporte de mercancías peligrosas
- Redactar un informe anual destinado a la dirección de la empresa o, en su caso, a la autoridad pública local, sobre las actividades de esta empresa relativas al transporte de mercancías peligrosas.
¿Cuáles son las obligaciones del consejero de seguridad?
- Atender los requerimientos de los Servicios de Inspección del Transporte, aportando los datos en relación con el centro y área de actividad objeto de inspección, en la que el consejero de seguridad tenga designada su adscripción.
- Recabar los datos necesarios para confeccionar el informe sobre accidentes
- Los consejeros de seguridad que causen baja en una empresa, ya sea a iniciativa propia, de la empresa o por caducidad de su certificado, deberán emitir un informe anual parcial de las actividades realizadas por la empresa durante el periodo del año en que el consejero se haya encontrado en alta, con los datos que la empresa deberá facilitar obligatoriamente al consejero
- Los datos incluidos en este informe deberán ser considerados por el consejero entrante en la redacción del informe anual correspondiente.
- En el caso de que el motivo de baja de un consejero de seguridad sea el cese de la actividad de la empresa deberá remitir a esta un informe anual de las actividades realizadas por la empresa durante el periodo del año en que se haya encontrado en alta.
¿Quién puede ejercer las funciones de consejero de seguridad?
- El titular o el director de la empresa.
- Personal de la empresa designados por el titular o el director de aquella.
- Otras personas no pertenecientes a la empresa o dependientes de entidades, empresas o instituciones públicas o privadas, que estén ligadas a ella por cualquier fórmula de colaboración para desarrollar dichas actividades
¿Cuál es el requisito para ser consejero de seguridad?
Superar un examen convocado por la consejería que tenga competencia de transportes de cada Comunidad Autónoma.
d&r Consjeros Formadres SL, cuenta con profesionales titulados para ofrecer el servicio de Consejero de Seguridad a todo tipo de empresas. Nuestros técnicos tienen 20 años de experiencia en el sector puesto que comenzamos a prestar asesoramiento a empresas en el año 2000.
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