logotipo
facebook

drconsejeros@drconsejeros.com | Telf. +34 963 21 31 86


NUEVAS SANCIONES A LAS EMPRESAS POR EL PAQUETE DE MOVILIDAD

26-02-2025
CAMION 22.jpg

Nuevas infracciones a las empresas: muy grave por impedir el regreso de sus conductores y grave por no pagar alojamiento

El Ministerio de Transportes ha publicado una resolución que introduce nuevos tipos de INFRACCIONES, que se desprenden del Paquete de Movilidad europeo.

La empresa de transporte que no organice el trabajo de sus conductores de tal manera que cada cuatro semanas puedan regresar al centro de operaciones o a su lugar de residencia estará cometiendo una infracción muy grave. Y las que no corran a cargo con todos los gastos de alojamiento fuera del camión durante los descansos semanales estarán incurriendo en una falta grave. Son dos de las nuevas infracciones que se desprenden del Paquete de Movilidad europeo aprobado en 2020, pero que, hasta ahora, no recogía la legislación española.

Este martes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la resolución del Ministerio de Transportes que introduce nuevas infracciones a la resolución de 2022 por la que se establecen los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores. Además de las dos ya mencionadas, también se introduce como una falta muy grave que el conductor tome sus descanso semanal normal o cualquiera de más de 45 horas en el camión. El Paquete de Movilidad especifica que estos periodos se deben tomar en un alojamiento apropiado y adaptado para ambos sexos que disponga de instalaciones para dormir y sanitarias adecuadas.

No compensar dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos también será una infracción muy grave. Y es que el Paquete de Movilidad recoge que cualquier reducción del período de descanso semanal se compensará con un período de descanso equivalente que deberá tomarse en una sola vez antes de que finalice la tercera semana siguiente a la semana de que se trate, y si el conductor toma dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos, el período de descanso semanal siguiente irá precedido de un período de descanso.

Como la resolución del Ministerio no recoge una fecha concreta de entrada en vigor se entiende que esta será 20 días después de su publicación, este martes 25 de febrero, en el BOE. La resolución completa se puede consultar en este enlace.

Presentación de información

Aunque la ley ya recogía que eran infracciones muy graves algunos incumplimientos relacionados con la presentación de información, la nueva resolución introduce otras, como la utilización incorrecta del signo de tren/transbordador o no introducir la información en la hoja de registro.

Para garantizarle una navegación por nuestra web segura y de calidad, le informamos que utilizamos Cookies. Si continua navegando por nuestro sitio web, entendemos que acepta nuestra política de cookies. Puede bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador. Para más información consulte nuestra Política de cookies.
ACEPTO