Entre la documentación exigible a los conductores de vehículos de transporte de viajeros y mercancías, destaca por su importancia el certificado de aptitud profesional (CAP).
La obligación de la cualificación inicial y de la formación continua tiene por objeto mejorar la seguridad vial y la seguridad del conductor.
Para evitar desigualdades en las condiciones de competencia entre empresas, el certificado de aptitud profesional (CAP), se exige igualmente a todos los conductores empleados por una empresa establecida en un Estado miembro de la Unión Europea.
El CAP es necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos que efectúen una actividad de transporte por carretera y pertenezcan a empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E
Que el conductor ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención de la cualificación inicial de los conductores.
Los conductores que sean titulares de los siguientes permisos de conducción:
Los conductores incluidos en estos supuestos que no dispongan de una tarjeta de cualificación del conductor en vigor, deberán realizar un curso de formación continua con carácter previo a su obtención.
De 2 tipos:
Si, la superación de la formación sobre sensibilización y educación vial del programa de materias de los cursos CAP, implicará la recuperación de todos los puntos que se hubieran perdido, hasta un máximo de seis, en relación con el permiso o licencia de conducción.
Haciendo clic en el siguiente enlace podrás elegir el que más te convenga, organizado por comunidades autónomas:
https://cdn.mitma.gob.es/portalwebdrupal/estadistica_tt/webcentros.pdf
Haciendo clic en el siguiente enlace puedes hacerte una idea.
el examen consta de 100 preguntas tipo test de las que se deberñán acertar 50
El código comunitario 95 es acreditativo del cumplimiento de poseer el certificado de aptitud, y sustituye a la tarjeta de cualificación del conductor.
Carece de plazo de validez determinado.
La vigencia queda subordinada a que su titular siga, dentro de los plazos previstos, los cursos de formación continua de duración 35 horas cada 5 años.
Si eres empresario del transporte ten presente que:
La realización de transportes públicos o privados utilizando conductores que carezcan del certificado de aptitud profesional o de la tarjeta de cualificación (CAP) en vigor, se considera infracción muy grave a la normativa sobre transportes por carretera, conlleva una sanción económica de 2.001€, y afecta a la honorabilidad del transportista (factor “I” del IRI).