En relación con el aumento de las masas máximas de los vehículos articulados de cinco o más ejes a 44 toneladas, hay que realizar unos cambios en las fichas técnicas y permisos de circulación, tanto de las tractoras y/o rígidos (en el caso de los trenes de carretera) como en los remolques.
La Orden /PJC/780/2025 publicada el 23 de julio, que autoriza a transportar hasta 44 toneladas a los vehículos articulados de cinco o más ejes y a los trenes de carretera compuestos de un vehículo motor de tres ejes y un semirremolque de dos o tres ejes, hay que tener en cuenta que hay que hacer una serie de cambios en la documentación, tanto en la ficha técnica como en el permiso de circulación, y, para ello tenemos que tener claro los siguientes puntos (con la ficha de características delante):
- Hasta que no se pase la primera ITV periódica que corresponda en función de la antigüedad del vehículo no hay que modificar la ficha técnica (si la casilla F.3 especifica una MMTAC de 44000 o superior), ya que, en caso contrario, no se puede circular con 44 toneladas hasta que no se produzca ese cambio.
- Será con ocasión de pasar esta primera ITV, desde la entrada en vigor del aumento de MMA a 44 toneladas (23 de octubre, salvo cisternas que será el próximo 23 de enero de 2026), cuando se tenga que solicitar al pasar dicha ITV que se anoten las muevas MMA.
Casillas de la ficha técnica que hay que tener en cuenta y su significado:
- F.3.1: Masa Máxima Autorizada del Conjunto (MMA).
- F.3: Masa Máxima Técnicamente Admisible del conjunto (MMTAC).
- F.2.1: Masa Máxima autorizada en cada eje.
- F.2: Masa Máxima en carga Admisible del Vehículo en circulación (MMA).
- F.1.1: Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible en cada eje.
- F.1: Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA).
Qué hay que tener en cuenta en las tractoras
En el caso de las tractoras, como hemos comentado en ocasiones anteriores, tenemos que tener en cuenta que:
- Hay que modificar la casilla F.3.1 (MMA) a 44.000 si la casilla F.3 (MMTA) ya permite 44.000 o más.
- Hay que modificar la casilla F.2.1. (MMA por eje) de 8.000/11.500 a 8.000/12.000 si la casilla F.1.1 (MMTA ejes) lo permite (porque ya tenga una MMTA igual o superior).
- -En el caso de las cabezas tractoras, no hay que solicitar duplicado del permiso de circulación porque no cambia ningún dato del mismo.
Qué hay que tener en cuenta con los semirremolques
En el caso de los semirremolques también hay que hacer cambios en la ficha técnica:
- Hay que modificar la casilla F.2.1 de 8.000/8.000/8.000 a 9.000/9.000/9.000 si la casilla F.1.1 y la distancia entre ejes (>1,310 m.) lo permiten.
- Si se modifica la casilla anterior, hay que modificar también la casilla F.2 dentro del límite que marque la casilla F.1.
- Si se produce un cambio en el semirremolque que modifique la casilla F.2 hay que solicitar un duplicado del permiso de circulación en Tráfico.
A tener en cuenta a la hora de pasar la primera ITV
Cuando pasemos la primera ITV tras el 23 de octubre, tendremos que tener en cuenta lo siguiente:
- Será la propia ITV quien comunique a Tráfico las modificaciones efectuadas.
- En el caso de que sea preciso realizar una modificación, la persona que acuda a pasar la ITV con el camión deberá llevar un documento del representante de la empresa autorizándole a solicitar dichas modificaciones.
- Aunque los datos de la ficha técnica lo permitan, si al hacer la prueba de frenada aumentando la MMA del semirremolque de 36.000 a 39.000 kg. el vehículo no está preparado para soportar una frenada de hasta 39.000 kg, la ITV será desfavorable.
- Si en el semirremolque, aumentando la MMA por eje, de 8.000 a 9.000 se comprueba que el índice de carga de los neumáticos no puede soportar la carga de 9.000, deberá cambiar los neumáticos por otros que sí lo soporten.