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PUBLICADA MODIFICACIÓN DEL ROTT PARA PERMITIR UTILIZAR VEHÍCULOS MATRICULADOS EN OTRO ESTADO

03-07-2024
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Publicado Real Decreto 613/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Con esta modificación se permite a las empresas nacionales de transporte público de mercancías, utilizar vehículos matriculados en otro Estado miembro, siempre que se respete el límite temporal máximo previsto en la legislación nacional a efectos de su matriculación obligatoria en España.

  1. Cuando el titular de la autorización pretenda adscribir a esta un vehículo del que sea propietario, deberá acreditarlo mediante cualquier medio admitido en derecho.
  2. Cuando el titular de la autorización pretenda adscribir a esta un vehículo del que disponga en arrendamiento ordinario, deberá acreditar documentalmente la existencia del oportuno contrato con una empresa arrendadora.

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