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TRANSPORTES PUBLICA UN DOCUMENTO INFORMATIVO SOBRE CARGA Y DESCARGA ASÍ COMO LA LEY DE LA CADENA DE TRANSPORTE

21-10-2022
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Las numerosas dudas planteadas por los transportistas en relación con la participación del conductor en las labores de carga y descarga y de las nuevas disposiciones incluidas en la denominada Ley de la Cadena de Transporte ha llevado al Ministerio de Transportes a publicar un documento informativo sobre la carga y descarga y la Ley de la cadena de Transporte.

Ante las dudas planteadas por los transportistas a la hora de llevar a la práctica la prohibición de que los conductores participen de las labores de carga y descarga, el Ministerio de Transportes ha elaborado un documento informativo para dar respuesta a todas estas preguntas, al menos a las más frecuentes.

Pero el documento no se queda aquí, si no que también aclara dudas relacionadas con la aplicación de las «nuevas reglas de transparencia en la Cadena de Transporte».

El Ministerio de Transportes también aclara que este documento es de carácter «meramente orientativo y en ningún caso supone interpretación con efectos jurídicos. Únicamente es de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en cada momento.«

La prohibición de que el conductor participe en las labores de carga y descarga con carácter general y las excepciones previstas se reguló en el Real Decreto-Ley 3/2022 del 1 de marzo y no ha entrado en vigor hasta el 2 de septiembre pasado. Entre otras cosas porque se tenía que regular la excepción a la norma general de la carga fraccionada y se hizo en el Real Decreto Ley 14/2022 del 1 de agosto, que incluye además las disposiciones sobre la denominada Ley de la Cadena de Transporte.

El transporte de palets vacíos

Por ejemplo, el documento aclara uno de los puntos más controvertidos en estas semanas de aplicación de la prohibición de la carga y descarga, que es si el conductor debe ejercer estas funciones en el caso de transportar palets vacíos, de retorno y el Ministerio lo deja claro, también está prohibido salvo que se trate de un transporte de carga fraccionada.

Solo en transporte nacional

Otro tema que queda aclarado es el alcance territorial de esta prohibición: solo para los transportes nacionales. En el caso de que el transporte sea internacional, transportista y cargador tendrán que negociar las condiciones completas del transporte, incluyendo la carga y descarga de la mercancía ya que solo Portugal y España tienen expresamente prohibido, de momento, que el conductor realice estas funciones de forma general.

Dudas sobre la Ley de la Cadena de Transporte

En cuanto a la Ley de la Cadena de Transporte, de la que ahora mismo se está trabajando en una proposición de ley para darle una forma más compacta y efectiva, supone ahora mismo la modificación de dos leyes: la Ley 16/1987 de Ordenación del Transporte Terrestre (más conocida como LOTT) y de la Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (o LCTTM).

El documento informativo que os presentamos tiene bastante complejidad en cuanto se refiere continuamente a las disposiciones legales que os referimos aquí de manera continua, tanto en las preguntas como en las respuestas por los que próximamente esperamos poder editar un documento que aclare de forma más sencilla y explícita tanto la prohibición de que el conductor participe en la carga descarga, y sus excepciones, como la Ley de la Cadena de Transporte.

En relación con esta última, como ya os comentamos aquí, al hilo de que se está trabajando en una proposición de Ley de la Cadena de Transporte se han presentado enmiendas para mejorarla.

Aquí tienes el documento informativo que ha elaborado el Ministerio de Transportes con las preguntas más frecuentes.

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