El 1 de diciembre se ha celebrado la reunión de presentación a las asociaciones nacionales de transportistas del Plan Nacional de Inspección para el sector del transporte por carretera para el año 2021. La presentación del plan ha correspondido a la subdirectora general de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, acompañada de los responsables de inspección de las comunidades autónomas de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha.
El Plan de Inspección para el transporte por carretera continuará durante 2021 la inspección de transportes por carretera de las empresas de transporte extranjeras que operan en España, en especial de las empresas deslocalizadas que operan en España (denominadas "empresas buzón"). Así, se da cumplimiento a la Directiva europea 22/2006 sobre la aplicación de la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera, que obliga a los Estados miembros a realizar controles dirigidos a las empresas clasificadas como de mayor riesgo. Dicha actuación inspectora ya se ha venido desarrollando desde el año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, especialmente la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo.
Dicha inspección a las empresas buzón se lleva a cabo tanto en carretera (controlando vehículos pesados y ligeros) como a las empresas cargadoras, comprobando el cumplimiento de la normativa social y el cabotaje. Sin embargo, la anterior regulación normativa limitaba las posibilidades de control a esas empresas, por lo que tras la aprobación del paquete legislativo europeo de movilidad permitirá a la Inspección de Transporte un control más exhaustivo y eficiente hacia las empresas extranjeras deslocalizadas que operan en España.
Las actuaciones de control incluidas en el Plan de Inspección que se van a llevar a cabo el próximo año son las siguientes:
· Se continuará la inspección de las operaciones que tengan su origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, como son las plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos, donde se concentran los mayores volúmenes de carga y descarga de mercancías
· Se continuará el control sobre las empresas que ofertan servicios de transporte on-line, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas
· Se continuará el control anual de, al menos, a un 25% de las empresas de transporte para comprobar la correcta contratación del gestor de transportes (antiguo capacitado).
· Se continuará en la introducción de las nuevas tecnologías para la mejora de la labor de inspección (pago con tarjeta, tablets de control, elementos de control de los documentos de control electrónicos). Como novedad, a partir de 2021 se introduce el control biométrico de los alumnos asistentes a los cursos CAP de conductores profesionales, una nueva funcionalidad telemática para el control en carretera del transporte de mercancías peligrosas así como una aplicación unificada para la tramitación de expedientes sancionadores.
· Se llevará a cabo el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota (en torno a los 450.000 vehículos de transporte que, en la actualidad, están obligados a llevar tacógrafo en España). Dado que la Directiva europea 2006/22 impone a los Estados miembros la obligación de controlar, al menos, el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse en 2021, al menos, 3.047.234 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que en torno a un 60% se controlarán en la sede de las empresas y el otro 40% en carretera (en concreto, 914.167 jornadas de trabajo).
· Se continuará el control de las cooperativas de trabajo asociado que actúan de manera irregular en el ámbito tributario (módulos) y en el ámbito laboral, en coordinación con la Inspección de Trabajo de la Agencia Tributaria.
· Se hará una inspección exhaustiva a empresas que tengan informes de manipulación reiterados de tacógrafo y limitador de velocidad, teniendo en cuenta que, tras la sentencia del Tribunal Supremo del 15 de enero podrá ser considerado en algunos casos delito penal. A tal fin, la Dirección General de Transporte Terrestre suscribirá un protocolo de actuación en colaboración con la Fiscalía General de la Seguridad Vial.
Con las aportaciones realizadas por las asociaciones de transportistas miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera, así como las observaciones que planteen las comunidades autónomas y las fuerzas de vigilancia en carretera, se procederá en próximas fechas a la aprobación definitiva del Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para 2021.